martes, 17 de febrero de 2009

La especialización del periodismo judicial



Para la profesión periodística en los últimos años han imperado y se han desarrollado algunas secciones del periodismo especializado dentro de la comunicación como el denominado periodismo rosa, o antes incluso el periodismo reality-show, que ha decaído en los últimos años. Frente a este panorama existe el periodismo judicial, que es básico en cualquier medio de comunicación y no es lógico que no se haya promocionado ni destacado más. Siempre se ha vinculado esta especialidad al periodismo de sucesos y al de investigación y se encuentra a veces incluso relegado, pero tiene identidad propia.


Hasta en el propio seno universitario dentro de las facultades de periodismo, no se contempla esta importante especialización, como otras por ejemplo: el deportivo, el político o el cultural. Los futuros estudiantes de periodismo no tienen ninguna asignatura en su formación académica específica sobre este importante pilar de la comunicación. Hay algunos proyectos en algunas facultades de periodismo y son muy pocas las que contemplan esta asignatura. Sólo en ciertas facultades de periodismo se estudian ciertas nociones básicas sobre periodismo judicial, en algunos casos deben ser insuficientes por los errores que cometemos los periodistas en las noticias judiciales, que después se aprenden con la práctica. Se estudia esta importante disciplina dentro del periodismo de sucesos o incluso político. Es un auténtico cajón de sastre, sin contenidos propios, ni constituye una asignatura específica como debía ser, con su propia programación y temario que lo tiene sin duda.

Un ejemplo ilustrativo de la importancia del periodismo judicial en cualquier redacción de cualquier medio de comunicación del mundo, da igual que sea radio, prensa, televisión o agencia de noticias, sería el siguiente:
Un juicio de un criminal lo cubre el de sucesos, o el de tribunales, por norma periodística. Pero si un jugador de un equipo famoso está acusado de una agresión sexual, ¿quien cubrirá el juicio: el de deportes o el de tribunales? Irá el de tribunales. Si un conocido político pasa por el banquillo acusado de malversación de caudales públicos, ¿quién irá a la vista oral el de política o el de tribunales?: irá el de judicial. Si un conocido cantante es juzgado por conducir borracho, ¿irá el periodista de cultura o espectáculos o el de tribunales? Irá el de tribunales.

Si un banquero pasa por el banquillo, los de economía podrán ir al juicio, pero también irá el de tribunales. El torero acusado de pegarle un tortazo a un espectador y que será juzgado por lesiones. Irá al juicio el de tribunales, o el que cubre la crónica taurina. Se podría poner un ejemplo de sección por sección de un medio de este tipo.

Sólo el periodista de sucesos está familiarizado con el periodismo de tribunales, probablemente en muchos casos sea el mismo redactor. El suceso, acaba casi siempre o a veces en los tribunales de justicia.

Como en otras actividades, en el periodismo el desarrollo conduce a cierta especialización. El periodista clásico capaz de cubrir tanto una crónica de política municipal, como una rueda de prensa del sindicalista de turno, ha sido progresivamente sustituido por el periodista especializado.

El aumento del nivel cultural medio de la población producido en la segunda mitad del siglo ha hecho al público en general que cada vez sea más exigente. En el mercado de los medios de comunicación, la calidad se ha convertido en factor determinante.
Los colectivos aludidos y las personas afectadas por la noticia son más sensibles cada día y traducen la inexactitud de lo contado en una lesión a bienes como el honor o el prestigio profesional fundamento de indemnizaciones millonarias. Se ponen en marcha entonces acciones judiciales y peticiones de rectificación.

El resultado es la exigencia de que el periodista sea conocedor o incluso experto de la materia tratada. Parecería que para realizar la crónica de la inauguración de un puente fuera necesario tener nociones de ingeniería o que para poder informar sobre la enfermedad de un personaje público se exigiera un curso acelerado de medicina. Es una realidad que la mayor trascendencia de lo publicado en cualquier ámbito de la vida social genera la necesidad de mayor precisión y profesionalidad en el informador.

En el mundo informativo de los tribunales de justicia, a las razones expuestas y de validez general deben añadirse otras.
En primer lugar, la naturaleza social del derecho como rama del saber humano. En derecho, a pesar de sus tecnicismos y sus obscuridades, se ocupa de solucionar conflictos entre individuos o colectividades. Por eso, tanto las normas jurídicas, dictadas para que sean cumplidas por todos, como la actividad de los tribunales que las aplican, deben ser comprendidas por sus destinatarios. En otro caso fallarían los fundamentos básicos. Recordemos que en nuestro país, cualquier ciudadano puede convertirse incluso en juez de otro conciudadano mediante el sistema del tribunal del jurado. El periodista debe poner en comunicación al paisano y al jurista, obligados a entenderse.

En segundo lugar, la especialización es más acuciante en el campo del periodismo de tribunales por la mayor democratización de la sociedad, aumenta su participación en el ejercicio y control de los poderes públicos, entre los que se encuentran el Poder Judicial.
En tercer lugar porque, sobre todo en el ámbito penal, la noticia judicial suscita una gran atención de la población, cualitativamente mayor que en otros campos.

Y finalmente, el rigor informativo se hace necesario en el ámbito de los tribunales, por los errores que pueden generar, daños muy superiores a los que se producen en otras esferas. Sin duda, confundir en una noticia la denominación del material con el que se ha fabricado un puente puede molestar al ingeniero encargado de la obra y poco más. Pero, el perjuicio personal es mucho mayor si por error se atribuye a alguien la comisión de un hecho delictivo o se le implica en un acontecimiento deleznable y se da como noticia por la radio, prensa y televisión. Puede asegurarse que en el ámbito de los tribunales, el periodista trabaja con material sensible, lo que hace más necesario y exigible el rigor, la exactitud y la profesionalidad.

La especialidad del periodismo de tribunales ha tenido un interés creciente en los últimos tiempos no sólo en nuestro país, sino en la mayoría del entorno cultural que nos rodea.
El desarrollo de los estados democráticos ha dado lugar a una potenciación de la función atribuida a los tribunales de justicia, por el que últimamente desfilan miembros de las finanzas, personalidades políticas o dignatarios internacionales. De esta forma, el interés que despierta el delito se incrementa por la popularidad de los implicados. La sección de tribunales, habitualmente cercana a la página de sucesos, tiene derivaciones, cada día más frecuentes en otras secciones como nacional, política, sociedad o incluso deportes, como ya se ha contado.

El Periodismo de tribunales o periodismo judicial se puede considerar la misma acepción y empieza a tener auge en España con la democracia y la Constitución del 78. La posibilidad de seguir los juicios y los procesos judiciales hace que todos los medios de comunicación se interesen por los diferentes procesos y por las noticias que emanan desde los juzgados o las audiencias provinciales, tribunales superiores de justicia de cada comunidad autónoma, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional.

Los periodistas siguen desde una denuncia hasta una sentencia, un auto de prisión, la declaración de un testigo o el veredicto de un tribunal del jurado.
Es el concepto más genérico, definido como aquella especialidad informativa que se ocupa de transmitir a la opinión pública el desarrollo y contenido de las actuaciones más relevantes socialmente de los órganos de la administración de justicia. Incluso desde el punto de vista jurisprudencial se ha dado carta de naturaleza a este concepto. Una sentencia del Tribunal Supremo del 98 advierte que la información que fue publicada en la sección dedicada a la información de tribunales, atribuyendo a ésto una consecuencia jurídica concreta: "Su difusión estaba dentro del marco protector del principio proclamado en el artículo 120.1 de la Constitución sobre la publicidad de las actuaciones judiciales".

También es periodismo judicial aquel sector informativo, si se refiere al proceso penal, que incluye noticias relacionadas con hechos delictivos denunciados en los tribunales de justicia. A partir de ahí abarca todas las actuaciones que pueden acabar en un juicio con su sentencia correspondiente de inocencia o culpabilidad. La información judicial aglutina campos diversos. Puede hacer referencia a noticias relacionadas con el narcotráfico, ecologismo, contrabando, corrupción, prevaricación, sectas, terrorismo, economía, espionaje, ejército, estafa, ámbito político, y evidentemente el ámbito social con las habituales informaciones que hacen referencia a violadores, ladrones, estafadores, atracadores, asesinos, etc.

La función informativa pasa a ser de opinión sobre el proceso judicial que crea en el público una incidencia en la sociedad, sobre todo por el hecho delictivo y el comportamiento antisocial, cívico y moral del acusado. Aquí se fractura el equilibrio entre la justicia y los medios de comunicación y se entra en el campo de la interpretación aunque el periodista debería evitar expresiones como "injusticia, sentencia politizada, las leyes para los delincuentes", etc.

Hay que tener en cuenta en los procesos penales la alarma social, pero también la poca o escasa claridad en la motivación de una sentencia no comprendida por la sociedad.
Igualmente ocurre si un actor o una conocida estrella de la opera vive momentos de crisis matrimonial o pasa por situaciones que le obligan a realizar comparecencias en tribunales de justicia. Incluso, si el caso judicial trasciende a la esfera de lo estrictamente político, depende de sus protagonistas, es posible que sea materia de primera página, la decisión del juez de encarcelar o dejar en libertad a quien es figura relevante para un grupo político o sindical. La ubicación en estos casos no modifica su naturaleza ni debe confundir sobre su categoría periodística.

Por lo tanto, la información judicial puede estar conectada a la crónica social, política, económica, cultural o deportiva, dependerá de la trascendencia en cada uno de esos ámbitos de las decisiones de los tribunales de justicia.

Del concepto más genérico definido como periodismo de tribunales, pueden distinguirse, categorías cercanas que en ocasiones incluso se mezclan o se confunden, como el periodismo de sucesos, el periodismo de investigación y finalmente el que puede denominarse: periodismo de los tribunales.

El periodista además se enfrenta a los famosos delitos por injurias, querellas, chantaje, omisión del deber de socorro o incluso el delito, encubrimiento y revelación de secretos.
Y puestos a buscar en el Código Penal español por discriminación (Art. 510.2 C.P.) se sanciona "a los que con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía. Se sanciona así la discriminación de colectivos marginales o minorías dentro de la sociedad, a través de publicaciones".
La apología (Art. 18 C.P.) el fenómeno que se ha denominado "la fascinación de lo criminal", puede conducir al periodista a realizar un relato tal del hecho criminal que termine por convertirse en una alabanza. Se castiga también penalmente la incitación desde los medios de comunicación de un delito.
Con las limitaciones de acceso, permisos y autorizaciones pertinentes para ejercer le periodismo judicial, la información judicial está condenada a veces sólo para la prensa y las agencias de informativas si no cambia la situación. A pesar de ello, el famoso artículo 120 de la Constitución española habla de que las actuaciones judiciales serán públicas y se pronunciarán en audiencia pública.
Esta especialidad periodística donde las fuentes informativas se han reducido a los abogados, algunas víctimas y algunos fiscales que cumpliendo con su estatuto informan muchas veces de su escrito de acusación como representantes del ministerio público.
Por último, los magistrados, jueces, fiscales, secretarios, agentes judiciales, oficiales, forenses, peritos y abogados constituyen la gran familia judicial. Los periodistas no deben ser un postizo ni agregado en el sistema judicial en un estado moderno y democrático. Contra mayor sea el acercamiento del profesional de la información judicial al mundo de los tribunales, mejor será conocido el sistema judicial entre los ciudadanos, garantizando así una mayor difusión de la imagen de la justicia entre la opinión pública, ya que los medios de comunicación tienen una clara misión de servicio público y divulgación de los acontecimientos.
* Para ayudar en esta práctica periodística se ha editado el primer 'Manual de Periodismo Judicial en España'. Lo han realizado el periodista de Canal Sur Radio en Sevilla Javier Ronda y el fiscal de la Audiencia Provincial José María Calero. Una obra con cerca de 300 páginas donde se recoge un fácil y ameno glosario jurídico, las fuentes informativas, cuadros de delitos y condenas, documentos judiciales. Es una obra de la Colección Ámbitos para la Comunicación, del Grupo de Investigación en Estructura, Historia y Contenidos de la Comunicación del Departamento de Periodismo de la Universidad de Sevilla.
La publicación se encuentra ya como libro básico en numerosas universidades españolas y cuenta con un sitioweb que tiene numerosas visitas de España y Latinoamérica. Los autores ya preparan una segunda edición corregida y aumentada para 2001. Los interesados pueden contactar con los autores mediante la siguiente dirección: http://www.inicia.es/de/manualperiodismojudicial
FORMA DE CITAR ESTE TRABAJO EN BIBLIOGRAFÍAS:Ronda Iglesias, Javier (2001): La especialización del periodismo judicial. Revista Latina de Comunicación Social, 39. Recuperado el x de xxxx de 200x de: http://www.ull.es/publicaciones/latina/2001/latina39mar/116ronda.htm

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